La infalibilidad del Papa es unos de los dogmas de la Iglesia que es poco comprendido tanto por católicos como por protestantes, esta doctrina proclamada como dogma de fe en el año 1870 durante el Concilio Vaticano I es definida de la siguiente manera:
“El Romano Pontífice, cuando habla ex cathedra, esto es, cuando en el ejercicio de su oficio de pastor y maestro de todos los cristianos, en virtud de su suprema autoridad apostólica, define una doctrina de fe o costumbres como que debe ser sostenida por toda la Iglesia, posee, por la asistencia divina que le fue prometida en el bienaventurado Pedro, aquella infalibilidad de la que el divino Redentor quiso que gozara su Iglesia en la definición de la doctrina de fe y costumbres. Por esto, dichas definiciones del Romano Pontífice son en sí mismas, y no por el consentimiento de la Iglesia, irreformables.” (Constitución dogmática «Pastor aeternus»)
Dicha definición fue cuestionada en el pasado por algunos obispos católicos quienes, al no aceptar la definición del dogma, decidieron separarse de la Iglesia ocasionando así un cisma y dieron origen a los Veterocatolicos o viejos católicos. Algunas de sus ideas también fueron seguidas por teólogos heterodoxos como el fallecido Hans Kung.
A pesar de las oposiciones de los Veterocatólicos y las opiniones de teólogos heterodoxos, la Iglesia se basó en muchas razones para proclamar como dogma la infalibilidad papal, una de estas razones seguramente fue el testimonio del teólogo del siglo XIV Guido Terrena, carmelita y teólogo de tradición tomista.
Muchos teólogos católicos al tratar el desarrollo histórico del dogma de la infalibilidad del Papa, han mencionado que Guido Terrena es el primero en emplear el término “infalibilitas” (infalibilidad) en el vocabulario teológico y eclesiástico.
“Me parece que para salvaguardar la certeza y la infalibilidad de la fe cristiana [ad salvandum certitudinem et infallibilitatem fidei christianae], así como la estabilidad de la autoridad de la Iglesia, la segunda opinión es la verdadera [...], es decir, que el Señor papa, a cuya autoridad corresponde determinar mediante sentencia y declarar lo que toca a la fe, no puede, con el consejo de los señores cardenales, equivocarse; por consiguiente, que las cosas determinadas a propósito de lo que toca a la fe católica no pueden ser revocadas por un sumo pontífice posterior; de lo contrario, no podría haber una fe firme en las cosas que hubieran sido establecidas por la Iglesia sobre la fe, como se ha probado” (Quaestio de magisterio infallibili romani pontificis,)
Si miramos la definición del Concilio Vaticano I al proclamar la infalibilidad del Papa y lo comparamos con esta enseñanza de Guido Terrena podemos ver muchas similitudes, aunque lo de Terrena fue una opinión teológica cuando lo menciono en el siglo XIV, dio un gran aporte para lo que sería definido posteriormente como el dogma de la infalibilidad del Papa en el siglo XIX.
Por lo anterior es que podemos concluir junto a P. De Vooght que: “la Quaestio de Terrena es, con mucho, lo más explícito y elaborado que se ha escrito en su época sobre la infalibilidad pontificia (…) Al custodio indefectible de la fe sin error lo ha calificado Terrena, sin duda por primera vez en la historia de la teología, con una palabra llamada a tener un gran porvenir: el Papa es infalible.” (Esbozo 96)
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